De acuerdo con su presentación, es un jubilado por invalidez, modalidad retiro programado de AFP, desde el 01.03.2022; por tanto, en su cuenta obligatoria de fondos están los montos de sus ahorros previsionales de 46 años laborales, más el aporte del Seguro de invalidez y sobrevivencia y el bono de reconocimiento. Su último aporte previsional obligatorio fue en noviembre 2021.
Agrega que, según el sistema de consultas y ofertas de montos de pensión (SCOMP) tiene derecho a retirar aproximadamente 960 UF, a julio de 2022, como excedentes de libre disposición, bajo el régimen tributario exento de impuestos por 800 UTM, por una sola vez, consultando cómo tributa la renta por 960 UF y si puede retirar 800 UTM libres de impuesto.
Al respecto se informa que el artículo 42 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) establece un régimen de exenciones de los retiros de excedentes de libre disposición (ELD) originados al momento de pensionarse, conforme al cual el pensionado podrá optar por:
a) Efectuar retiros anuales libres de impuestos por hasta 200 UTM, consecutivos o no, con un máximo de 1.200 UTM;
b) Efectuar un retiro libre de impuestos por hasta 800 UTM durante un año.
Luego, supuesto que – de acuerdo con su presentación – los ELD tendrían su origen en aportes obligatorios, todos los aportes efectuados, independiente de su antigüedad, podrán ser retirados conforme al beneficio descrito.
El exceso sobre las sumas libres de impuestos se grava conforme a las reglas generales, con impuesto global complementario, cuya tasa progresiva se determina conforme a lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la LIR.
Conforme lo anterior, y respondiendo lo consultado, podrá efectuar retiros de ELD libres de impuestos, pudiendo optar entre que estos sean (i) hasta 200 UTM anuales, con tope de 1.200 UTM, o (ii) hasta 800 UTM durante un único año. El exceso sobre dichos montos se grava conforme a las reglas generales, con impuesto global complementario.
RICARDO PIZARRO ALFARO
DIRECTOR (S)
Oficio N° 2886 del 27-09-2022
Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Directos