Por 132 votos afirmativos y una abstención la Sala de la Cámara, aprobó una moción que fortalece la protección laboral de los voluntarios de bomberos. (Boletín 15740)
La idea es robustecer la normativa laboral que regula la situación de los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, que se desempeñan también como voluntarios bomberiles. El objetivo es garantizar su descanso antes del retorno a sus trabajos.
En ese marco, señala que, si los organismos dependientes de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile disponen el desplazamiento de voluntarios a zonas afectadas por un incendio, sismo, inundación u otra catástrofe de la naturaleza, se deberá tomar algunas consideraciones.
Por ejemplo, si el siniestro afecta a una o más regiones distintas a la que pertenece su Cuerpo de Bomberos o al extranjero en su caso, el regreso a la actividad laboral del bombero o bombera será a las 24 horas del término de la movilización.
El empleador que incumpla esta disposición, recibirá una sancion de multa que alcanzará las 20 UTM.
El texto consigna que si el voluntario o voluntaria de Bomberos, además, es estudiante de algún establecimiento de educación, se entenderá justificado su ausencia.