Circular N°29. 10 de abril 2025. Informa porcentaje de reajuste a aplicar a los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el año tributario 2025, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta

Atendido que la variación del Índice de Precios al Consumidor comprendida entre el mes de noviembre del año 2024 y el mes de marzo del año 2025, correspondió a un 1,8%, los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el presente año tributario 2025 (hasta el 30 de abril del año 2025), en aquella parte no cubierta con créditos, impuestos retenidos y/o pagos provisionales mensuales efectuados durante el año 2024, deberán reajustarse en dicho porcentaje (1,8%), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Por lo tanto, en la primera columna de la línea 115 del Formulario N° 22, se debe registrar como valor 1,8%.

Saluda a Ud.,

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR

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