Circular N°3913. Establece el sistema de gestión de reportes e información para la supervisión de licencias médicas. Modifica el libro VII del compendio normativo sobre licencias médicas, subsidios por incapacidad laboral y seguro SANNA

Sumario

La presente circular se aplicará al reporte del mes de abril que deben remitir los operadores del sistema de información que permite el otorgamiento y tramitación electrónica de las licencias médicas, el que deberá incluir la información hasta el cierre del mes de marzo. Por su parte, las Isapres, FONASA y Cajas de Compensación de Asignación Familiar, comenzarán a reportar la información a partir del mes de junio de 2026, incluyendo la información del mes de cierre, correspondiente a mayo de 2026.


Circular 3913 SUSESO

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