Dirección del Trabajo rechaza reconsiderar dictamen de los «sin jornada»

La Dirección del Trabajo (DT) rechazó reconsiderar el dictamen respecto a los trabajadores “sin jornada”, es decir, todos aquellos que no cuentan con una jornada laboral definida y que, por lo tanto, están exentos de marcaciones o registros de la misma.

Tras las negociaciones en torno a la Ley de las 40 horas y, con ello, la flexibilización de la jornada laboral de los trabajadores, se estipuló una mayor restricción de las condiciones para los trabajadores sin jornada laboral establecida.

En concreto, el inciso 2 del artículo 22 que regula esta figura laboral lo reduce a la primera línea de la administración de una empresa, como gerentes y subgerentes, y a quienes trabajen sin fiscalización superior inmediata según la naturaleza de las funciones.

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