Por medio de la Resolución N°13 del 9 de febrero de 2023 el Servicio de Impuestos Internos (SII) modificó la fecha de generación del “Registro Anual sobre retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 1 y 74 Nº1 de la Ley de Impuesto a la Renta”.
Así la normativa modificó la Resolución N°103 del e indicó: «Con la información contenida en el Registro Anual sobre retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 1 y 74 Nº 1 de la Ley de Impuesto a la Renta vigente el día 16 de febrero de cada año o, cuando este sea inhábil, al primer día hábil siguiente, respecto de los antecedentes del año anterior, se generará la Declaración Jurada Formulario N° 1887, teniéndose por cumplida la obligación correspondiente. Si el contribuyente presentare su Declaración Jurada Formulario N°1887 en forma previa, se considerará ésta para efectos tributarios».
Asimismo, se modificó la citación resolución para indicar que «En caso que la información contenida en el Libro de Remuneraciones Electrónico sea modificada por el contribuyente con posterioridad al día 16 de febrero de cada año, información con la cual este Servicio genera el Registro Anual sobre retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 1 y 74 Nº 1 de la Ley de Impuesto a la Renta, el contribuyente deberá modificar además la Declaración Jurada N°1887 generada a partir de dicho Registro Anual, a través del sitio web del Servicio, www.sii.cl.”.