De acuerdo con su presentación, la Fundación XXXXXX, que tiene por misión apoyar a padres de personas con necesidades educativas especiales que no pueden costear las diversas terapias que requieren sus hijos, pretende iniciar la venta de libros de edición propia y otros bienes, como poleras o bolsas de tela, a través de tiendas solidarias, con el propósito de financiar sus objetivos.
Tras indicar que cuenta con inicio de actividades, solicita a este Servicio informar si existen exenciones tributarias relacionadas con las ventas que pretende efectuar, ya sea de IVA o de impuesto de primera categoría (IDPC).
Sobre la materia, cabe aclarar previamente que, en términos generales, la configuración de los hechos gravados del IVA y del impuesto a la renta no atiende a la forma jurídica que adopte el contribuyente. De este modo, el que en este caso la vendedora sea una fundación sin fines de lucro no incide en el tratamiento tributario aplicable.
Aclarado lo anterior, se informa que, atendidos los antecedentes que expone, no se observan exenciones tributarias específicas relacionadas con la actividad de venta que pretende desarrollar que puedan beneficiar a la fundación.
Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que, conforme al N° 4 del artículo 40 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, están exentas del IDPC las rentas percibidas por “las instituciones de beneficencia que determine el Presidente de la República”. Dicha norma agrega que “sólo podrán impetrar este beneficio aquellas instituciones que no persigan fines de lucro y que tengan por objeto principal y efectivo proporcionar ayuda, aun cuando no se otorgue de manera totalmente gratuita, de modo directo a personas de escasos recursos económicos que no alcanzan a satisfacer sus necesidades básicas”.
De este modo, de cumplir los requisitos legales, instruidos por este Servicio mediante la Circular N° 20 de 2021, podrá solicitar el otorgamiento de la exención de IDPC en comento al Ministerio de Hacienda.
HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA
DIRECTOR
Oficio N° 1633, de 18.05.2022
Subdirección Normativa
Dpto. de Técnica Tributaria