Oficio N°3008. Tributación de servicios prestados por empresa extranjera

De acuerdo con su oficio, consulta sobre la tributación aplicable a la prestación de servicios de “asesoría de apoyo para la revisión de bases de licitación pública y anexos para la provisión de servicios tecnológicos de gestión de flota e información a personas usuarias como servicio complementario del Sistema de Transporte Público Metropolitano” que pretende contratar con una empresa extranjera, radicada en Suiza, sin sede en Chile (se adjunta borrador de contrato que se pretende celebrar), por el cual se emitirán dos informes.

Al respecto, considerando su carácter técnico y la emisión de dos reportes como producto del servicio, se informa que los servicios indicados se gravan con impuesto adicional de acuerdo con el párrafo cuarto del N° 2 del inciso cuarto del artículo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), calificándose los servicios como “trabajos o servicios técnicos”, con tasa de 15%, sujeta a retención, declaración y pago por parte del pagador de la renta conforme al N° 4 del artículo 74 y 79 LIR.

Sin perjuicio de lo anterior, atendida la existencia de un Convenio vigente entre la República de Chile y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición con relación a los impuestos a la renta y al patrimonio y su Protocolo (Convenio), y supuesto que la empresa prestadora de los servicios califique como persona residente en Suiza para los efectos del referido Convenio, los pagos constituirían, en principio, beneficios empresariales de acuerdo con el artículo 7 del Convenio, por lo que sólo Suiza podrá gravar dichas rentas y, en consecuencia, el pagador de la renta en Chile no queda obligado a efectuar retención alguna.

Lo anterior, salvo que la empresa Suiza configure un establecimiento permanente en Chile al cual se le atribuyan rentas conforme al Convenio, cuestión de hecho entregada a las respectivas instancias de fiscalización.

HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA

DIRECTOR

Oficio N° 3008, de 06.12.2023

Subdirección Normativa

Depto. de Impuestos Directos

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