De acuerdo con su presentación, consulta si las donaciones efectuadas a un Servicio Sanitario Rural constituido como organización comunitaria funcional conforme con la Ley N° 19.418 se encuentran exentas del impuesto a las donaciones y del trámite de insinuación y, en caso afirmativo, cuál es el mecanismo para obtener un certificado de exención para efectos legales.
Al respecto, y como es de su conocimiento, el artículo 29 de la Ley N° 19.4181 establece que las donaciones efectuadas en favor de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias se encuentran exentas de todo impuesto y del trámite de insinuación. En consecuencia, aplica dicha exención en la medida que el Servicio Sanitario Rural se encuentre válidamente constituido conforme con dicho estatuto jurídico.
En tal caso, para efectos de acreditar la exención, podrá acudir a la unidad del Servicio correspondiente a su domicilio y presentar la solicitud para obtener el correspondiente certificado y en caso que fuese necesario, podrá también ser asistido por un funcionario para llevar a cabo este trámite.
JORGE TRUJILLO PUENTES
DIRECTOR
Oficio N° 962 de 29.04.2026
Subdirección Normativa Depto. de Técnica Tributaria