Ord. N°2071. 30 de noviembre 2022. Salud y Seguridad en el trabajo. Deber de protección. Ley N°21.342. Uso de mascarillas

Sumario

Atiende consulta acerca de las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, contenidas en el «Plan Seguimos cuidándonos» vigente desde el 01 de octubre del presente año en curso, específicamente, en cuanto a la obligación del uso de mascarillas de sus trabajadores.

Mediante presentación del Ant.2)., Ud. ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento jurídico respecto a determinar si resulta obligatorio para los trabajadores del retail, quienes se desempeñan en contacto directo con público, el uso de mascarillas en su jornada laboral, considerando las nuevas medidas de prevención de propagación de la enfermedad COVID-19, contenidas en el «Plan Seguimos cuidándonos» vigente desde el 01 de octubre del año en curso.

Sobre el particular, cumplo con informar a Ud., que este Servicio mediante Ordinario Nº1743 06.10.2022, precisó cuáles son los efectos de las modificaciones en materia de prevención, atendido el escenario epidemiológico actual de la pandemia provocada por la COVID-19 -que permite avanzar al escenario de apertura de la resolución Nº1400 de 29.09.2002 del Ministerio de Salud, que estableció el plan

El referido pronunciamiento jurídico destaca que, dentro del nuevo protocolo tipo dispuesto por la referida Superintendencia, mediante la Circular Nº3.697 de 30.09.2022, en relación con las directrices impartidas por la Autoridad Sanitaria, entre otras medidas de prevención de contagio, el empleador deberá mantener mascarillas a disposición de aquellos trabajadores que opten por su utilización.

Ahora bien, en el caso de dudas acerca del uso obligatorio o voluntario de mascarillas en el lugar de trabajo de que se trata, corresponde que siga las recomendaciones impartidas al respecto por el administrador de la Ley Nº16.744.- al que se encuentre afiliado.

Se adjunta enlace a la página institucional, que contiene la jurisprudencia citada:

https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-122768.html

Es todo cuanto puedo informar al tenor de lo solicitado.

NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO

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