Resolución Ex. N°145. Fija registro del precio corriente en plaza de helicópteros, aviones y yates según lo establecido en el artículo 9 de la ley 21.420.

Santiago, 21 de diciembre de 2023.

VISTOS:

Las facultades contempladas en los artículos 1° y 7° letras a), c) y r) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo dispuesto en el artículo 6º, letra A) N°1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1º del Decreto Ley Nº 830, de 1974; lo establecido en el artículo 9° de la Ley N°21.420, de 2022 y en la Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; la Circular SII N°57 de fecha 26.12.2022 y su modificación por Circular SII N° 38, del 06.09.2023, y

CONSIDERANDO:

1° Que, el artículo 9° de la Ley N°21.420 establece un impuesto anual a beneficio fiscal de tasa 2%, que se devengará el 1° de enero de cada año, aplicable sobre el precio corriente en plaza de helicópteros, aviones y yates, como también de automóviles, station wagons y vehículos similares, que cumplan las características que la norma indica, ubicados en territorio nacional, de propiedad de un contribuyente persona natural o jurídica, al 31 de diciembre del año anterior.

2° Que, el mismo artículo indica que respecto de los helicópteros, aviones y yates antes señalados, el Servicio de Impuestos Internos elaborará un registro del precio corriente en plaza, en base a la información que requiera a la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, la Dirección General de Aeronáutica Civil u otros organismos competentes, sin perjuicio de la información que otro servicio pueda adicionar.

3° Que, la misma disposición legal señala que el mencionado registro será actualizado anualmente, dentro del mes de diciembre de cada año, y publicado en el Diario Oficial.

SE RESUELVE:

1.- FÍJASE el registro del precio corriente en plaza de helicópteros, aviones y yates para la aplicación del impuesto establecido en el artículo 9° de la Ley Nº21.420, que se devengará el 1° de enero del año 2024, en listados anexos que son parte integrante de la presente Resolución.

2.- PUBLÍQUESE el listado anexo a esta Resolución en el Diario Oficial durante la segunda quincena de diciembre de 2023 y adicionalmente en el sitio Web del Servicio de Impuestos Internos: www.sii.cl

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL

HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA

DIRECTOR

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