Resolución N°12. Aclara Res. Ex. SII N°12 del 10.03.2016 que incorporó nuevos puntos fronterizos para la devolución de IVA turista y simplificó el procedimiento y reemplaza en los términos que indica

ACLARA RES. EX. SII N° 12 DEL 10.03.2016 QUE INCORPORÓ NUEVOS PUNTOS FRONTERIZOS PARA LA DEVOLUCIÓN DE IVA TURISTA Y SIMPLIFICÓ EL PROCEDIMIENTO Y REEMPLAZA EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA.

SANTIAGO, 25 de enero de 2017.

Hoy se ha resuelto lo siguiente:

RESOLUCIÓN EXENTA SII N°  ___12.-___/

VISTOS: 

Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), N°s 1 y 3 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; el artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenido en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del 15.10.1980; el artículo 56 del D.L. N° 825, de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios; el artículo 4° de la Ley N° 18.841, publicada en el Diario Oficial del 20.10.1989, modificado por el artículo 25 de la Ley N° 19.420, publicada en el Diario Oficial del 11.09.2001, que al mismo tiempo estableció incentivos para el desarrollo económico de las Provincias de Arica y Parinacota y por el artículo 6° de la Ley N° 20.655, publicada en el Diario Oficial del 01.02.2013; el artículo 11 de la Ley N° 20.175, publicada en el Diario Oficial del 11.04.2007, que crea la XV Región de Arica y Parinacota y la Provincia del Tamarugal en la Región de Tarapacá; y la Resolución Exenta N° 46, del 10.05.2013, que dejó sin efecto y reemplazó lo dispuesto mediante la Resolución Ex. SII N° 67, del 11.05.2009 y sus modificaciones, en especial la Resolución Ex. SII N° 34, del 22.03.2013;

CONSIDERANDO:  

1°       Que, mediante Resolución Ex. SII N° 67, de 11.05.2009, se establecieron normas para la devolución del Impuesto del Título II y del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios a las personas naturales sin domicilio ni residencia en el país, que compren mercancías en la zona franca de extensión de la Región Arica y Parinacota.

Que la Resolución Ex. SII N° 34, del 22.03.2013, modificó la Resolución Ex. SII Ex. N° 67, de 11.05.2009, fijando el nuevo valor mínimo de compras en mercancías que dan derecho a la devolución.

Que, la Resolución Exenta N° 46, del 10.05.2013, reemplazó las normas para la devolución del Impuesto del Título II y del artículo 42 de del Decreto Ley N° 825, de 1974, y dejó sin efecto en su resolutivo 14° a partir de la entrada en vigencia de la misma, la Resolución Ex. SII N°67, del 2009 y sus modificaciones.

Que, la Resolución Exenta N°, 12, del 2016,  modificó en parte la Resolución Exenta N° 67, del 2009, en circunstancias que debió referirse a la Resolución Exenta N° 46, del 2013, toda vez, que aquella había sido dejada sin efecto por esta última.

Que pudiendo originarse confusiones, por medio de la presente Resolución se aclara que la referencia y mención efectuada en la Resolución Exenta N° 12, del 2016, corresponde a la Resolución Exenta N° 46, del 2013 y reemplaza los números y fechas de dichos actos. 

SE RESUELVE:  ACLÁRESE que toda mención efectuada en la Resolución Exenta N° 12, del 2016, a la Resolución N° 67, del 2009, debe entenderse referida a la Resolución Exenta N° 46, del 2013.

Reemplázase en consecuencia en la parte resolutiva de la Resolución Exenta N° 12, del 2016, toda mención al numeral “67,  de 11.05.2009” por el numeral “46, del 10.05.2013”.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO.   

(Fdo.) VÍCTOR VILLALÓN MÉNDEZ

DIRECTOR (S)

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

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