Resolución N° 96. Fija plazo para la presentación de declaraciones juradas que se indican, para el Año Tributario 2018.

MATERIA: Fija plazo para la presentación de declaraciones juradas que se indican, para el Año Tributario 2018.
SANTIAGO, 13 DE OCTUBRE 2017
Hoy se ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCIÓN EX. SII N°96.-/
VISTOS: Las necesidades del Servicio y las facultades contempladas en los artículos 1°, 4° bis y 7° del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda, que contiene la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; en letra A), N°1, del artículo 6°, los artículos 34, 35 y 60, del D.L. N° 830 de 1974, sobre Código Tributario.
CONSIDERANDO: 
Que, este Servicio, mediante instrucciones contenidas en las Resoluciones Exentas SII N° 114, de 26 de diciembre de 2016, N°s 120, 121, 122, 123, 124 y 126 todas de diciembre de 2016, fijó el plazo de presentación para las declaraciones juradas que en éstas se indican.
Que, por razones de buen servicio se hace necesario readecuar los plazos para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al año tributario 2018, en relación a los actuales procesos operativos.
SE RESUELVE:
Fíjase, para el año tributario 2018, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas que se indican en el cuadro siguiente:

Fecha de vencimiento: Formularios N°s
1 28 de febrero 1811, 1822, 1834, 1844, 1847, 1891, 1902 y 1926
2 07 de marzo 1896 y 1898
3 15 de marzo 1871, 1911, 1922 y 1924
4 19 de marzo 1870, 1873, 1887 y 1890
5 22 de marzo 1932
6 23 de marzo 1812, 1832, 1835,1862, 1879, 1895, 1897, 1899, 1904, 1909, 1914, 1919 y 1927

 

Fecha de vencimiento: Formularios N°s
7 28 de marzo 1829, 1836 y 1931
8 29 de marzo 1805, 1806, 1828, 1840, 1841, 1843,  1874, 1894, 1889 y 1933
10 16 de mayo 1837
12 29 de junio 1802, 1803, 1855, 1864, 1866, 1867, 1868  1907, 1929, 1930 y 1937

 ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO 
(FDO.) FERNANDO BARRAZA LUENGO
DIRECTOR 
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

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