Sumario El señor Rojas Fuenzalida ha reunido la calidad de socio mayoritario y administrador de la Sociedad de Servicios Odontológicos RV Limitada desde su constitución, por lo que su voluntad se confunde con la de la persona jurídica, lo que impide la existencia de una relación laboral. En consecuencia, de conformidad a lo expuesto cúmpleme informar a Ud. que no resulta procedente que celebre...
Ord. N°5821. 30 de noviembre 2017. Por el principio de la primacía de la realidad la voluntad de una socia se confunde con la de la empresa y no puede tener un vinculo de subordinación
Sumario Conforme al Principio de la Primacía de la Realidad, que inspira el Derecho Laboral, y en virtud del cual, más allá de las formas jurídicas debe atenderse a lo que sucede en los hechos, las circunstancias anotadas precedentemente, significan que la voluntad de la Sociedad Andes Solutions Ltda., se confunde con la de la Señora Claudia Compagnon Carvajal, razón por la cual, en opinión de...
Ord. N°6238. 22 de diciembre 2017. Criterios para estar en presencia de un contrato de trabajo y no de prestación de servicios a honorarios
Sumario Si bien el contrato de prestación de servicios a honorarios entendido como una convención en que una parte se encuentra obligada a prestar servicios específicos, por un período de tiempo determinado a favor de otro, el que a su vez se obliga a pagar una cierta cantidad de dinero por dicho servicios, tiene semejanzas con el contrato individual de trabajo, definido en el artículo 7° del...
Ord. N°6287. 28 de diciembre 2017. Feriado
Sumario Este Servicio ha definido el poder de dirección del empleador como "(…) el conjunto de poderes, facultades y potestades que el ordenamiento jurídico laboral reconoce al empleador con el objeto de: a) Organizar, dirigir y fiscalizar la actividad laboral de la empresa, establecimiento o faena, en cuyo caso la potestad de mando recibe el nombre de poder de dirección;(…)”(Dictamen N°6077/405...
Ord. N°478. 25 de enero 2018. No puede darse régimen laboral respecto de socio con participación del 50% y es administrador de empresa empleadora
Sumario De este modo, conforme con los antecedentes recabados sobre la presente consulta, no cabe sino concluir que el consutante es socio con una participación del 50% en la Sociedad y ostenta la calidad de administrador de la misma, indistintamente con el otro socio ya individualizado, lo cual en opinión del suscrito, impide que pueda prestar servicios bajo un vínculo de subordinación y...