Artículo 34°.- Se considerará inválido parcial a quien haya sufrido una disminución de su capacidad de ganancia, presumiblemente permanente, igual o superior a un 15% e inferior a un 70%. Artículo 35°.- Si la disminución es igual o superior a un 15% e inferior a un 40%, la victima tendrá derecho a una indemnización global, cuyo monto no excederá de 15 veces el sueldo base y que se determinará en...
Ley 16744. Arts. 29-33
Artículo 29°.- La víctima de un accidente del trabajo o enfermedad profesional tendrá derecho a las siguientes prestaciones, que se otorgarán gratuitamente hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por la enfermedad o accidente: a) Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio; b) Hospitalización si fuere necesario, a...
Ley 16744. Arts. 25-28
Artículo 25°.- Para los efectos de esta ley se entenderá por "entidad empleadora" a toda empresa, institución, servicio o persona que proporcione trabajo: y por "trabajador" a toda persona que preste servicios por cuenta propia o como dependiente para alguna entidad empleadora. Artículo 26° Para los efectos del cálculo de las pensiones e indemnizaciones, se entiende por sueldo base mensual el...
Ley 16744. Arts. 15-24
Artículo 15° El Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales se financiará con los siguientes recursos: a) Con una cotización básica general del 0,90% de las remuneraciones imponibles, de cargo del empleador; b) Con una cotización adicional diferenciada en función de la actividad y riesgo de la empresa o entidad empleadora, la que será determinada por el Presidente de la...
Ley 16744. Arts. 5-14
Artículo 5° Para los efectos de esta ley se entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquéllos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo,...
Ley 16744. Arts. 1-4
Artículo 1°.- Declárase obligatorio el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la forma y condiciones establecidas en la presente ley. § 2. Personas protegidas Artículo 2° Estarán sujetas, obligatoriamente, a este seguro, las siguientes personas: a) Todos los trabajadores por cuenta ajena, cualesquiera que sean las labores que ejecuten, sean ellas...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 25-31
De las infracciones Artículo 25°- La infracción a las disposiciones del artículo 15°, N° 1 del presente decreto ley, hará acreedor al sujeto del impuesto o al responsable principal o solidario de su pago a una sanción equivalente al triple del impuesto inicialmente adeudado, sin perjuicio del pago del impuesto con los reajustes e intereses penales por su mora. Para la aplicación de las sanciones...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 23-24
De las exenciones Artículo 23°.- Sólo estarán exentas de los impuestos que establece el presente decreto ley, las siguientes personas e instituciones: 1.- El Fisco. 2.- Las Municipalidades. 3.- Las Universidades del Estado y demás Universidades reconocidas por éste y el Consejo de Rectores. 4.- Las representaciones de naciones extranjeras acreditadas en el país, y las instituciones...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 17-22
Artículo 17°.- Los impuestos establecidos en esta ley se pagarán: 1.- Por ingreso en dinero en la Tesorería, acreditándose el pago con el respectivo recibo, por medio de un timbre fijo o mediante el empleo de máquinas impresoras, y 2.- En el caso a que se refiere el N° 1 del artículo 15°, también podrán pagarse los impuestos mediante el uso de estampillas. Para los efectos de controlar el pago...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 14-16
Del pago del impuesto Artículo 14°.- Los impuestos del presente decreto ley se devengan al momento de emitirse los documentos gravados, o al ser suscritos por todos sus otorgantes, a menos que se trate de documentos emitidos en el extranjero, caso en el cual se devengarán al momento de su llegada al país, o al ser protocolizados o contabilizados, según corresponda. En todo caso, tratándose de...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 9-13
Del sujeto del impuesto y de los responsables de su pago Artículo 9°.- Son sujetos o responsables del pago de los impuestos establecidos en el artículo 1°: 1.- El Banco librado, como primer responsable del pago del tributo, respecto de los protestos de cheques, dejándose constancia en cada acta del monto del impuesto correspondiente. El Banco librado sólo podrá cobrar el valor del tributo al...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 5-8
De la base imponible Artículo 5°- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1°, la base imponible de las operaciones de crédito en dinero y demás actos y contratos gravados en el número 3 del artículo 1° se determinará de acuerdo a las siguientes normas: el tributo se calculará en relación al monto numérico del capital indicado en el acto o contrato, a menos que se trate del reconocimiento de...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 2bis-4
Artículo 2º bis.- Las colocaciones de bonos o títulos de deuda de corto plazo inscritas en el Registro de Valores en conformidad con la ley Nº 18.045 y que correspondan a líneas de emisión según su definición en dicha ley, que cumplan la condición que se fija en el número 1), de este artículo, pagarán el impuesto del artículo 1º, número 3), según las siguientes normas especiales, rigiéndose en...
DL 3475. Ley de impuesto de timbre y estampillas. Arts. 1-2
De los documentos gravados Artículo 1°.- Grávase con el impuesto que se indica las siguientes actuaciones y documentos que den cuenta de los actos jurídicos, contratos y otras convenciones que se señalan: 1) El protesto de cheques por falta de fondos, afecto a un impuesto de 1% del monto del cheque, con un mínimo de $5.394 y con un máximo de una unidad tributaria mensual. 2) DEROGADO. 3) Letras...
Ley Impuesto herencias, asignaciones y donaciones. Arts. 61-72
Art. 61. Se presumirá ánimo de ocultación de bienes siempre que, disuelta una sociedad conyugal por muerte de alguno de los cónyuges, dejen de manifestarse en el inventario que al efecto se practique, los bienes raíces que fueren del dominio del cónyuge difunto o de la sociedad conyugal. Art. 62. Se presumirá, asimismo, ánimo de eludir el pago de las contribuciones establecidas por esta ley, en...
Ley Impuesto herencias, asignaciones y donaciones. Arts. 59-60
Art. 59. Los herederos, los árbitros partidores y los albaceas con tenencia de bienes, estarán obligados a velar por el pago de la contribución de herencia, ordenando su entero en arcas fiscales, o reservando, o haciendo reservar los bienes que sean necesarios con tal fin, a menos que se hayan otorgado algunas de las garantías consultadas en el artículo 55. En consecuencia, y salvo que se...
Ley Impuesto herencias, asignaciones y donaciones. Arts. 52-58
Art. 52. La declaración y pago del impuesto a las donaciones deberá efectuarla el donatario. El tribunal no podrá autorizar la donación en tanto no se acredite el pago del impuesto. Tratándose de donaciones liberadas del trámite de la insinuación, el impuesto deberá pagarse dentro del mes siguiente a aquel en que se perfeccione el respectivo contrato. Para estos efectos, presentado el escrito...
Ley Impuesto herencias, asignaciones y donaciones. Arts. 50-51
Art. 50. El impuesto deberá declararse y pagarse simultáneamente dentro del plazo de dos años, contado desde la fecha en que la asignación se defiera. Para estos efectos, presentada la declaración del impuesto, y con el sólo mérito de los antecedentes presentados, el Servicio deberá proceder al giro inmediato del mismo, sin perjuicio de ejercer posteriormente sus facultades de fiscalización. En...
Ley Impuesto herencias, asignaciones y donaciones. Arts. 46-47
Art. 46. Para determinar el monto sobre el cual deba aplicarse el impuesto, se considerará el valor que tengan los bienes al momento de deferirse la herencia en conformidad a las siguientes reglas: a) El avalúo con que figuren los bienes raíces en esa fecha para los efectos del pago de las contribuciones. Los bienes inmuebles por adherencia y por destinación excluidos del avalúo, que no se...
Ley Impuesto herencias, asignaciones y donaciones. Arts. 43-45
Art. 43. No podrán presentarse para su registro los traspasos de acciones firmados por una persona que hubiere fallecido con anterioridad a la fecha en que se solicite dicho registro, sin que éste haya sido autorizado previamente por el Servicio de Impuestos Internos. El Servicio otorgará siempre esta autorización cuando se le acredite que se trata de una operación que se haya realizado...