Código

D. S. N°509. FIJA BASE IMPONIBLE DE PAGOS PROVISIONALES MENSUALES QUE DEBEN EFECTUAR LOS NOTARIOS

Núm. 509.- Santiago, 1° de Agosto de 1983.- Vistos: Considerando: 1.- Que el D.F.L. N° 254, de 1931, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto supremo N° 5.122 publicado en el Diario Oficial de 18 de Enero de 1945, contemplaba un régimen especial de remuneraciones para los empleados de notarías, consistente en asignarles directamente una participación de los derechos arancelarios cobrados...

D. S. N° 71. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley N°19.404 sobre Comisión Ergonómica. Arts. 22-30

TITULO IV Del Procedimiento Artículo 22.- Para los efectos de la Ley N° 19.404, la Comisión Ergonómica Nacional actuará de oficio o a requerimiento del trabajador interesado, del empleador, del sindicato respectivo o del delegado del personal, en su caso. El requerimiento deberá presentarse en la Superintendencia de Pensiones o en la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social...

D. S. N° 71. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley N°19.404 sobre Comisión Ergonómica. Arts. 16-21

TITULO III De la Comisión de Apelaciones Artículo 16.- La Comisión de Apelaciones conocerá las reclamaciones respecto de las que deba pronunciarse y funcionará en la ciudad de Santiago. La Superintendencia de Pensiones ejercerá la supervigilancia y fiscalización de la Comisión de Apelaciones. Asimismo, controlará que dicha Comisión dé debido cumplimiento a las funciones que le correspondan. La...

D. S. N° 71. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley N°19.404 sobre Comisión Ergonómica. Arts. 4-15

TITULO II De la Comisión Ergonómica Nacional Artículo 4°.- La Comisión Ergonómica Nacional gozará de autonomía para calificar una labor como trabajo pesado, y funcionará en la ciudad de Santiago. La Superintendencia de Pensiones ejercerá la supervigilancia y fiscalización de la Comisión Ergonómica Nacional. Asimismo, impartirá las normas operativas que se requieran para calificar labores como...

D. S. N° 71. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley N°19.404 sobre Comisión Ergonómica. Arts. 1-3 bis

TITULO I De los Trabajos Pesados Artículo 1°.- Se entenderá que constituyen trabajos pesados aquellos cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en la mayoría de quienes lo realizan, provocando un envejecimiento precoz, aun cuando ellos no generen una enfermedad laboral. Artículo 2°.- Para los efectos de calificar como trabajo pesado una labor, que se ejecuta en uno o...

Decreto Nº20. Reglamento sobre Normas de Seguridad para el Transporte Privado de los Trabajadores Agrícolas de Temporada

Fecha de Publicación: 16 de junio de 2001. Artículo 1º: Para efectos del presente reglamento se entenderá por: Trabajador Agrícola: Aquel que desempeñe faenas transitorias o de temporada en actividades de cultivo de la tierra, o en labores comerciales o industriales derivadas de la agricultura, así como en aserraderos, plantas de explotación de madera y otras actividades afines. Transporte...

Decreto Supremo Nº 63. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 20.001, que regula el peso máximo de carga humana. Arts. 13-16

TITULO III Criterios de evaluación de los riesgos derivados del manejo o manipulación manual de carga Artículo 13º.- El empleador evaluará los riesgos a la salud o a las condiciones físicas de los trabajadores, derivados del manejo o manipulación manual de carga considerando, a lo menos, los siguientes criterios: I De la carga: a) Si el volumen de la carga facilita su manipulación; b) Si la...

Decreto Supremo Nº 63. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 20.001, que regula el peso máximo de carga humana. Arts. 7-12

TITULO II Obligaciones del empleador Artículo 7°.- El empleador es responsable de la gestión de los riesgos a que se refiere el presente Reglamento, para lo cual deberá procurar que en la organización de la faena se utilicen los medios adecuados, a fin de evitar el manejo o manipulación manual de carga por el trabajador, como lo son la automatización o cambios de los procesos productivos, así...

Decreto Supremo Nº 63. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 20.001, que regula el peso máximo de carga humana. Arts. 1-6

TITULO I Disposiciones Generales Capítulo Primero Ambito de aplicación y prohibiciones Artículo 1º.- Este Reglamento tiene por objeto regular la normativa sobre: a) La exposición a los riesgos a la salud o a las condiciones físicas de los trabajadores, regidos por el Código del Trabajo, que efectúen manipulación manual inevitable de carga y descarga, y b) Las obligaciones del empleador, en la...

Decreto N°50. Reglamento para la aplicación del artículo Nº 13 del Código del Trabajo, en relación con el trabajo infantil. Arts. 4-11

Artículo 4°.- Se prohíbe la participación de menores en los siguientes trabajos definidos como peligrosos por sus condiciones: 1. Trabajos que se desarrollen a la intemperie sin la debida protección. 2. Trabajos en condiciones de aislamiento. 3. Trabajos que impliquen poner en riesgo la salud mental del menor, tales como tareas repetitivas con apremio de tiempo, de alta exigencia, entre otras....

Decreto N°50. Reglamento para la aplicación del artículo Nº 13 del Código del Trabajo, en relación con el trabajo infantil. Arts.1-3

APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 13° DEL CÓDIGO DEL TRABAJO Núm. 50.- Santiago, 17 de agosto de 2007.- Vistos: lo dispuesto en los artículos 13, 14, 15, 17, 184, 476 y 477 del Código del Trabajo; el artículo transitorio de la Ley N° 20.189; el D.S. N°40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; lo informado por la Dirección del Trabajo en oficio 2.946, de 7 de...

Decreto Supremo. Aprueba reglamento del artículo 45 de la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Fecha de Publicación: 20 de noviembre 2017. Sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad I. Disposiciones generales El reglamento establece los procedimientos y parámetros necesarios para cumplir la obligación de selección preferente de personas con discapacidad en igualdad de condiciones de mérito, en los procesos de selección de personal de los órganos de la...

D.S. Nº 76. Reglamenta el artículo 66 bis de la Ley de Subcontratación. Arts. 7-10

Artículo 7°.- La empresa principal deberá implementar en la obra, faena o servicios propios de su giro un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo o Sistema de Gestión de la SST, para todos los trabajadores involucrados, cualquiera que sea su dependencia, cuando en su conjunto agrupen a más de 50 trabajadores, pudiendo incorporar a la respectiva obra, faena o servicios al Sistema...

Ley 16744. Arts. 79-80

Artículo 79°.- Las acciones para reclamar las prestaciones por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales prescribirán en el término de cinco años contado desde la fecha del accidente o desde el diagnóstico de la enfermedad. En el caso de la neumoconiosis el plazo de prescripción será de quince años, contado desde que fue diagnosticada. Esta prescripción no correrá contra los menores de...

Ley 16744. Arts. 76-78

Artículo 76° La entidad empleadora deberá denunciar al organismo administrador respectivo, inmediatamente de producido, todo accidente o enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima. El accidentado o enfermo, o sus derecho-habientes, o el médico que trató o diagnosticó la lesión o enfermedad, como igualmente el Comité Paritario de Seguridad, tendrán...

Ley 16744. Arts. 72-75

Artículo 72°.- Las empresas que cumplan con las condiciones que señala el inciso siguiente del presente artículo, tendrán derecho a que se les confiera la calidad de administradoras delegadas del seguro, respecto de sus propios trabajadores, en cuyo caso tomarán a su cargo el otorgamiento de las prestaciones que establece la presente ley, con excepción de las pensiones. Tales empresas deberán...

Ley 16744. Arts. 67-71

Artículo 67°.- Las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los reglamentos internos de higiene y seguridad en el trabajo y los trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan. Los reglamentos deberán consultar la aplicación de multas a los trabajadores que no utilicen los elementos de protección personal que se les haya proporcionado o que no...

Ley 16744. Arts. 65-66 ter

Artículo 65°.- Corresponderá al Servicio Nacional de Salud la competencia general en materia de supervigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, cualesquiera que sean las actividades que en ellos se realicen. La competencia a que se refiere el inciso anterior la tendrá el Servicio Nacional de Salud incluso respecto de aquellas empresas del...

Ley 16744. Arts. 52-64

Artículo 52°.- Las prestaciones de subsidios, pensión y cuota mortuoria, que establece la presente ley, son incompatibles con las que contemplan los diversos regímenes previsionales. Los beneficiarios podrán optar, entre aquéllas y éstas, en el momento en que se les haga el llamamiento legal. Artículo 53°.- El pensionado por accidente del trabajo o enfermedad profesional que cumpla la edad para...

Ley 16744. Arts. 43-50

Artículo 43°.- Si el accidente o enfermedad produjere la muerte del afiliado, o si fallece el inválido pensionado, el cónyuge, sus hijos legítimos, naturales, ilegítimos o adoptivos, la madre de sus hijos naturales, así como también los ascendientes o descendientes que le causaban asignación familiar, tendrán derecho a pensiones de supervivencia en conformidad con las reglas de los artículos...