Código

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter V

Artículo 152 quáter V.- De la remuneración. Tratándose de trabajadores de plataformas digitales dependientes que distribuyan libremente su jornada en los horarios que mejor se adapten a sus necesidades, las partes podrán pactar remuneraciones conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de este Código o bien por los servicios efectivamente prestados, tales como un porcentaje de la tarifa que cobra...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter U

Artículo 152 quáter U.- Jornada de trabajo. Para los fines de este Capítulo, se considera jornada de trabajo todo el tiempo durante el cual el trabajador se encuentre a disposición de la empresa de plataforma digital de servicios, a partir del acceso a la infraestructura digital y hasta que se desconecte voluntariamente. Los y las trabajadoras podrán distribuir libremente su jornada en los...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter T

Artículo 152 quáter T.- Deber de protección. Conforme al deber de protección que tiene el empleador, la empresa de plataforma digital de servicios deberá informar por escrito al trabajador de plataformas digitales dependiente acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los medios de trabajo correctos según cada caso en particular de conformidad a la normativa...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter S

Artículo 152 quáter S.- Estipulaciones del contrato de trabajo. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 del presente Código, el contrato de trabajo de los trabajadores de plataformas digitales dependientes deberá indicar: a) La determinación de la naturaleza de los servicios y los términos y condiciones bajo los cuales deben prestarse, lo que deberá incluir, entre otros, el tratamiento...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter R

Artículo 152 quáter R.- De los servicios prestados por trabajadores de plataformas digitales dependientes. Los trabajadores de plataformas digitales que, en conformidad al artículo 7º, presten servicios personales para una empresa de plataforma digital de servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, se regirán por las normas de los Párrafos I, II y IV de este Capítulo y también les...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter Q

Artículo 152 quáter Q.- Definiciones. Para los efectos de este Capítulo, se entenderá por: a) Empresa de plataforma digital de servicios: Aquella organización que, a título oneroso, administra o gestiona un sistema informático o de tecnología ejecutable en aplicaciones de dispositivos móviles o fijos que permite que un trabajador de plataformas digitales ejecute servicios, para los usuarios de...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter P

Artículo 152 quáter P.- Ámbito de aplicación. El presente Capítulo regula las relaciones entre trabajadores de plataformas digitales, dependientes e independientes, y empresas de plataformas digitales de servicios prestados en el territorio.

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter O ter

Artículo 152 quáter O ter.- La obligación del empleador señalada en el artículo anterior, se regirá por las siguientes reglas: 1.- La persona trabajadora deberá presentar su requerimiento por escrito, acompañando los documentos señalados en el artículo precedente, y formulando una propuesta en la que se contenga la combinación fija de tiempos de trabajo presencial en el establecimiento,...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter O bis

Artículo 152 quáter O bis.- El empleador deberá ofrecer a la persona trabajadora que, durante la vigencia de la relación laboral, tenga el cuidado personal de un niño o niña menor de catorce años o que tenga a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida, sin recibir remuneración por dicha actividad,...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter O

Artículo 152 quáter O.– Dentro de los quince días siguientes a la celebración del pacto por el cual las partes acuerden la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, el empleador deberá registrarlo electrónicamente ante la Dirección del Trabajo. A su vez, esta remitirá copia del registro a la Superintendencia de Seguridad Social y al organismo administrador del seguro establecido en la ley...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter Ñ

Artículo 152 quáter Ñ.– El trabajador sujeto a las normas de este Capítulo siempre podrá acceder a las instalaciones de la empresa. En cualquier caso, el empleador deberá garantizar su participación en las actividades colectivas que se realicen, siendo de cargo de este los gastos de traslado de los trabajadores.

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter N

Artículo 152 quáter N.- Conforme al deber de protección que recae sobre el empleador, éste deberá informar por escrito al trabajador a distancia o teletrabajador acerca de los riesgos que entrañan sus labores, las medidas preventivas aplicables y los medios de trabajo adecuados según cada caso en particular, de conformidad con la normativa vigente. Asimismo, con anterioridad al inicio de las...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter M

Artículo 152 quáter M. – Las condiciones específicas de seguridad y salud a las que deben sujetarse los trabajadores regidos por este Capítulo serán reguladas por un reglamento que dictará el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En los casos en que las partes estipulen que los servicios se prestarán desde el domicilio del trabajador o desde otro lugar previamente determinado, el empleador...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter L

Artículo 152 quáter L.– Los equipos, herramientas y materiales necesarios para el trabajo a distancia o teletrabajo, incluidos los elementos de protección personal, deberán ser proporcionados por el empleador, y el trabajador no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad. Asimismo, los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de los equipos serán siempre de...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter K

Artículo 152 quáter K.– Además de las estipulaciones previstas en el artículo 10, el contrato de trabajo de los trabajadores regidos por este Capítulo deberá contener lo siguiente: La indicación expresa de que las partes han acordado la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, especificando si será de forma total o parcial y, en este último caso, la fórmula de combinación entre trabajo...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter J

Artículo 152 quáter J.- La modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo podrá abarcar todo o parte de la jornada laboral, combinando tiempos de trabajo de forma presencial en establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa con tiempos de trabajo fuera de ella. El trabajo a distancia estará sujeto a las reglas generales de jornada de trabajo contenidas en el Capítulo IV del Libro I, con...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter I

Artículo 152 quáter I. Si la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo se acuerda con posterioridad al inicio de la relación laboral, cualquiera de las partes podrá, unilateralmente, volver a las condiciones originalmente pactadas en el contrato de trabajo, mediante aviso escrito a la otra parte con una anticipación mínima de treinta días. En caso de que la relación laboral se haya iniciado...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter H

Artículo 152 quáter H. Las partes deberán determinar el lugar donde el trabajador prestará los servicios, el que podrá ser su domicilio u otro sitio previamente acordado. No obstante, si por la naturaleza de las funciones estas pudieran prestarse en distintos lugares, las partes podrán convenir que sea el trabajador quien elija libremente el lugar donde desempeñará sus labores. No se considerará...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter G

Artículo 152 quáter G. Las partes podrán pactar, al inicio o durante la vigencia de la relación laboral, en el contrato de trabajo o en un documento anexo, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, la que se regirá por las normas del presente Capítulo. En ningún caso dichos pactos podrán implicar un menoscabo de los derechos que este Código reconoce al trabajador, especialmente en lo...

Código del Trabajo. Artículo 152 quáter F

Artículo 152 quáter F.- Los trabajadores de un centro de contacto o llamadas, que lleven seis meses prestando servicios al empleador de forma continua, tendrán derecho a realizarse exámenes médicos preventivos anuales cuyo objetivo será detectar de forma temprana enfermedades profesionales asociadas a la actividad en la cual se desempeñan. Dichos exámenes médicos serán efectuados por el...